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viernes, 16 de noviembre de 2012

NORMATIVA QUE PROMUEVE Y FAVORECE LA PROMOCIÓN DE UNA CULTURA DE LA PREVENCION EN LAS EMPRESAS

El objeto de la Ley Organica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, es  la de establecer instituciones, normas y lineamientos de las políticas, órganos que permiten garantizar a los trabajadores condiciones de seguridad, salud y bienestar en un ambiente de trabajo adecuado y propicio para el ejercicio de sus facultades físicas y mentales, mediante la promoción del trabajo seguro y saludable, la prevención de los accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales, la reparación integral del daño sufrido y la promoción e incentivo al desarrollo de programas para la recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social.
Regula los derechos y deberes de los trabajadores y empleadores en aspectos como seguridad, salud y ambiente de trabajo. Así como recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social.
Desarrollo de lo concerniente al Régimen Prestacional de Seguridad y Salud establecido en la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social.
Establecimiento de sanciones en caso de incumplimiento de la normativa.
Establece indemnizaciones por responsabilidad objetiva del empleador y también por responsabilidad subjetiva del empleador.

Tomada de Ley Organica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, publicada en Gaceta Oficial No. 38.236 del 26 de Julio de 2005,  Art. 1 de la LOPCYMAT.


 

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